Tu Patrimonio es el conjunto de todos los bienes muebles, inmuebles, vehículos, derechos y demás que tienes y has adquirido para ti y tu familia. Todo patrimonio es difícil de adquirir, por lo que no sólo necesitas conservarlo, sino asegurarte de que está seguro, es decir, que tengas la seguridad jurídica de que todo lo que tienes está legalmente en orden.
Consulta a tu notario para que te ayude a revisar todos tus documentos estén en orden. Los notarios frecuentemente vemos casos en los que, a pesar de tener la escritura de un inmueble, ya sea una casa, lote o terreno, no pueden venderlo o pedir prestado dinero usándolo como prenda, pues está a nombre de su padre o madre que ya murió o simplemente no escrituró la propiedad al adquirirlo.
En cualquier caso el notario te indicará y orientará si tienes que seguir un proceso para poner tu patrimonio en orden, por ejemplo, que lo que está pendiente de heredarse pase a ti o a los herederos que tu padre o tu madre hayan designado. También puede darse el caso de que no sepas si esa casa es solo tuya o también de tu esposa/o – si aún vive – por estar casado por “bienes mancomunados” o sea sociedad conyugal. Consulta a tu notario y, cuando lo hagas, lleva tus escrituras y tu acta de matrimonio, o divorcio, para que la asesoría sea completa y bien atendida.
¿Qué incluye tu Patrimonio Propio?
El Patrimonio Propio incluye la casa donde vives, tu vehículo, el de tu cónyuge, más otros bienes y derechos que has adquirido para ti y tu familia, ya sea tu cónyuge o tus hijos. Esos bienes, sobre todo inmuebles, pueden estar a nombre tuyo o de tu cónyuge o de ambos, dependiendo de si estas casado y bajo qué régimen contrajiste matrimonio.
¿Qué es el Régimen de Matrimonio y consecuencias tiene sobre el patrimonio?
Es el régimen que aceptaste firmar ante el Registro Civil cuando te casaste con respecto a los bienes que se adquieran antes o durante el matrimonio.
Por regla general hay dos tipos de Régimen Matrimonial: el de “sociedad conyugal”, también llamado “bienes mancomunados”, y el de “separación de bienes”. El Régimen de “sociedad conyugal” significa que lo que tú adquires a tu nombre, aun cuando no haya firmado tu cónyuge, también es de tu esposo/a; y lo que tu esposo/a adquiere a su nombre también es tuyo. Es decir, en ambos casos cada uno es dueño del 50% de ese inmueble, vehículo o cualquier tipo de propiedad.
En cambio bajo el Régimen de “Separación de Bienes” lo que tu adquiriste por cualquier medio antes de contraer matrimonio y durante tu matrimonio, es solamente tuyo. Tu esposa/o tiene derecho sólo a heredar esos bienes a tu fallecimiento.
Hay algunos Estados de la Republica que tienen otros tipos de Régimen Matrimonial, como el de Sociedad Legal.
Para conocer tu situación patrimonial revisa en tu acta de matrimonio el régimen matrimonial bajo el que estás casado/a, y las “Capitulaciones Matrimoniales”, es decir, las cláusulas que pactaste con tu cónyuge respecto a los bienes que tengan y adquieran. En cualquier caso, te recomendamos consultar con tu notario de confianza, él podrá asesorarte sobre tu situación patrimonial.